Un hombre de 56 años que pasó ocho años tras las rejas por abusar sexualmente de una joven de 17 años con discapacidad intelectual fue absuelto por un tribunal especial de POCSO en Mumbai, Maharashtra, que encontró lagunas evidentes en el caso de la fiscalía.
El juez especial ND Jose, al pronunciar el veredicto, observó que la fiscalía no había logrado establecer ni siquiera los “hechos fundamentales básicos” necesarios para respaldar los cargos, informó el domingo The Times of India. El tribunal señaló amplias discrepancias con respecto a la edad de la niña, dudas sobre sus capacidades cognitivas e inconsistencias entre su testimonio y la evidencia médica.
“En mi opinión, las pruebas presentadas por la fiscalía son escasas e insuficientes para demostrar la culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable. Si ese fuera el caso, en mi opinión, el acusado tiene derecho al beneficio de la duda”, dijo el juez especial ND Jose, citado en el informe.
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La FIR se presentó el 24 de agosto de 2017, alegando que el incidente tuvo lugar la noche anterior entre las 8:00 p. m. y las 8:30 p. m. en el barrio marginal. Según la denuncia, la madre de la niña afirmó que ella fue al mercado mientras sus hijos estaban fuera. En ese momento, un vecino, el imputado, presuntamente ingresó a la casa, y la niña denunció posteriormente que la besó y tuvo contacto físico con ella.
Se informa que el hombre trabajaba como conductor.
La evidencia presentada en el expediente es mínima e insuficiente para probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable, dijo el juez José. En tales circunstancias, el acusado debería recibir el beneficio de la duda, añadió, según el informe.
Los abogados del acusado argumentaron que el caso surgió de una enemistad previa entre el conductor y la familia de la niña. Argumentaron que lo incluyeron erróneamente en el caso y enfatizaron que no había pruebas confiables de que la niña tuviera algún trastorno mental. Ningún documento indica que la víctima fuera anormal. Incluso las pruebas médicas no respaldan la versión de la fiscalía, argumentaron.
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Sin embargo, el tribunal determinó que la fiscalía no pudo demostrar de manera convincente que la niña tenía menos de 18 años en ese momento, lo cual es un requisito esencial para presentar cargos contra POCSO. El juez José dijo que el certificado de nacimiento proporcionado no era confiable, citando discrepancias en los nombres de los padres e inconsistencias entre los documentos oficiales. La FIR mencionaba el año de nacimiento en 2000, mientras que el certificado escolar mencionaba 2002.
Debido a la falta de documentos auténticos fiables, la edad exacta de la niña en la fecha del presunto incidente no puede considerarse probada, dictaminó el juez.
El tribunal también señaló que el intento de la fiscalía de establecer que la niña tenía un coeficiente intelectual de 36 no estaba respaldado por pruebas sólidas. Al no resolverse estas dudas, el tribunal absolvió al conductor, poniendo fin a su condena de ocho años de prisión.
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